La deducción de los gastos educativos procederá siempre que la prestación del servicio haya sido efectivamente facturada por la entidad educativa con comprobantes fiscales válidos para crédito fiscal y hasta un máximo de un 10 por ciento del ingreso gravado”, expresa la ley. Los gastos de utilería escolar y uniformes no cuentan.
El asalariado debe cumplir con diferente obligaciones para poder beneficiarse de la deducción de gastos de educación que se resumen en: Después de recibir una Clave de Acceso en su lugar de trabajo para luego ingresar la oficina virtual de la DGI, Registrarse como contribuyente para beneficiarse de la Deducción de Gasto de Educación, Registrar sus dependientes directos no asalariados (Hijos o Hijas) y Remitir Declaración Jurada de Impuestos Sobre la Renta para Asalariados (IR-18).
Depuse de preparar la declaración jurada (form. IR-18) mediante un acto notariado se procede de la siguiente manera para hacer efectiva su instauración entrando a la oficina Virtual ingresando su Cedula y su Clave actualizada, Aquí seleccione Asalariado y Luego el sistema te mostrara la declaración propuesta por la DGI, que contiene: Las retenciones del ISR que su(s) empleador(es) ha(n) pagado a la DGII; Total de gastos de educación que ha registrado en el Anexo B y Saldo a su favor que ha resultado para el año fiscal que está declarando, para revisar o remitir.
Nos preguntamos ¿por que no se tomaron en cuenta los trabajadores que están exentos del impuesto sobre la renta?, sabiendo que la mayoría de estos padres de familia tienen hijos estudiando, para los que tienen que hacer gastos en educaciónes que exceden su capacidad económica, por tal situación estos incluso deben incurrir en prestamos, por los que pagan grandes intereses para poder cubrir la inscripción y parte de los útiles del año escolar. Por otro lado creemos que el por ciento devuelto es muy poco. Ademas no cubre todos los gastos en que incurre para la educación de ese año escolar. De modo que no tendrá un efecto importante en los contriuyents para la motivación de registrarse en la DGI y optar por ese beneficio.
Lo poco que he leído me gusta, me tendra visitandolo más amenudo, felicidades..!!
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